jueves, febrero 01, 2007


Publican Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

México, 1 Feb (Notimex).- La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El decreto, que entrará en vigor este viernes, precisa que el objetivo es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, además de garantizar su acceso a una vida libre de agresión para su desarrollo y bienestar.

Indica que la federación, los estados y los municipios deberán coordinarse para diseñar instrumentos, políticas, servicios y acciones para garantizar lo establecido en esta legislación.

Esta ley, que establece los tipos de violencia que puede enfrentar la mujer, será garantizada a partir de la integración de un Sistema Nacional, que se integrará dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor.

En este Sistema Nacional participarán, entre otros, los titulares de las secretarías de Gobernación, Desarrollo Social, Seguridad Pública, Procuraduría General de la República, Educación y Salud.

También lo conformarán el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el DIF y el Instituto Nacional de las Mujeres, el cual ocupará la Secretaría Ejecutiva del Sistema.

El escrito establece que el Ejecutivo federal propondrá en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación una partida para el Sistema y los programas a aplicar, además de que emitirá el Reglamento de la ley dentro de los 90 días posteriores a su publicación.

Los 10 puntos a destacar de la ley contra violencia a mujeres:

1. La Federación, las entidades federativas y los municipios prevendrán, sancionarán y erradicarán la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación.

2. Los tipos de Violencia contra las Mujeres son violencia psicológica, violencia física, violencia patrimonial, violencia económica, violencia sexual y Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

3. Las órdenes de protección: Son actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la Víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares.

4. Vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia contra las mujeres y que favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, para fortalecer el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres.

5. Realizar a través del Instituto Nacional de las Mujeres y con el apoyo de las instancias locales, campañas de información, con énfasis en la doctrina de la protección integral de los derechos humanos de las mujeres, en el conocimiento de las leyes y las medidas y los programas que las protegen, así como de los recursos jurídicos que las asisten.

6. Integrar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.

7. Garantizar el derecho de las niñas y mujeres a la educación: a la alfabetización y al acceso, permanencia y terminación de estudios en todos los niveles. A través de la obtención de becas y otras subvenciones, así como desarrollar investigación multidisciplinaria encaminada a crear modelos de detección de la violencia contra las mujeres en los centros educativos.

8. Establecer como un requisito de contratación a todo el personal de no contar con algún antecedente de violencia contra las mujeres.

9. Promover la formación y especialización de Agentes de la Policía Federal Investigadora, Agentes del Ministerio Público y de todo el personal encargado de la procuración de justicia en materia de derechos humanos de las mujeres.

10. Los refugios deberán ser lugares seguros para las víctimas, por lo que no se podrá proporcionar su ubicación a personas no autorizadas para acudir a ellos.

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