jueves, febrero 01, 2007

Reducirán gasto de celulares de funcionarios

Los gastos por uso de telefonía celular de los servidores públicos se reducirán 25% como parte del decreto de austeridad y disciplina del gasto de la administración pública federal, y será aplicable a 2,822 funcionarios federales.

De acuerdo a la disposición publicada por el gobierno federal en la página electrónica de Normateca, y que ya fue enviada a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, aplica para los servidores públicos con rangos desde directores y coordinadores generales hasta los secretarios de Estado.

A diferencia de las reducciones para gastos de alimentación dadas a conocer esta semana, las disposiciones para el ahorro en telefonía celular también aplicarán para las secretarías de la Defensa Nacional, Marina-Armada de México, Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República.

En los lineamientos se establece que la cuota mensual para gastos de telefonía celular para los secretarios de Estado será de 10,000 pesos, en lugar de los 13,500 que aplicaban anteriormente, pero conservarán el derecho de asignar hasta cuatro equipos más para su personal de apoyo.

La tarifa para los subsecretarios y oficiales mayores pasará de 7,750 pesos a 5,000 pesos por mes; los jefes de unidad o titulares de entidad contarán con 1,850 pesos, en lugar de los 2,500, en tanto que los directores generales que antes recibían 2,250 pesos, ahora contarán con mil 650 pesos.

En el documento se señala que los gastos por telefonía celular deberán reducirse “al mínimo indispensable”, además de que establece que de acuerdo al decreto emitido por el presidente Felipe Calderón, los excedentes deberán pagarlos los funcionarios por cuenta propia cuando no haya habido ahorros en meses anteriores.

De igual forma, se asienta que “las dependencias y entidades, por conducto de su Oficial Mayor o equivalente, podrán autorizar, previa justificación, erogaciones por concepto de telefonía celular para servidores públicos distintos a los de los grupos” jerárquicos K, J, I, H y G.

Subraya que esto será posible “cuando resulte estrictamente indispensable para el adecuado desempeño de las funciones oficiales encomendadas. En estos casos, las erogaciones que se autoricen no deberán rebasar el importe de la cuota mensual ni la base anual del grupo jerárquico K, que se refiere a los directores”.

Información de Notimex

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